Respondemos las principales dudas en relación a la situación de los inmuebles en propiedad o alquiler y las comunidades de propietarios durante la situación de alarma, como consecuencia del COVID-19

En esta situación excepcional de confinamiento son muchas las preguntas que pueden surgir a nuestros clientes. A continuación, os mostramos las más frecuentes pero recordad que para cualquier otra consulta, nos podéis encontrar en info@serra.immo y en el 93 814 17 51 (Vilanova i la Geltrú) y 93 891 55 91 (Vilafranca del Penedès).

Gestión de comunidades

¿Cuándo podremos hacer nuestra junta de propietarios?

El confinamiento que todos los ciudadanos y ciudadanas tenemos que llevar a cabo estos días se alargará mientras dure el estado de alarma. Hasta que las autoridades gubernamentales no digan lo contrario, todas las juntas de propietarios quedan aplazadas. Nuestros gestores os irán informando puntualmente y, cuando se levanten las medidas preventivas, se programarán de nuevo las fechas para las juntas.

¿Puedo hacer uso de las zonas comunes de la comunidad?

El uso de las zonas comunes presenta un riesgo de contaminación y propagación del virus. El Gobierno, además, prohíbe en el Real Decreto aprobado el uso de las zonas comunes como jardines, zonas recreativas, solárium… En relación con este aspecto, se aconseja hacer uso de las escaleras en lugar del ascensor. ¡Es por la seguridad de todos! Mejor #quédateencasa.

¿Los porteros y conserjes seguirán prestando servicio a la comunidad?

Los servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia trabajan con normalidad. Así pues, porteros y conserjes no se ven afectados por las restricciones de movilidad laboral estipuladas por el Gobierno y pueden continuar con su tarea en los edificios. No obstante, es necesario que tomen todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para protegerse tanto a ellos mismos como a los vecinos. En este sentido, es aconsejable que se hagan todas las tareas básicas a primera hora del día y que, salvo las rondas de vigilancia que lo requieran, se mantengan dentro de la conserjería el mayor tiempo posible.

Aun así, el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona i Lleida recomienda que comunidad y empleado lleguen a un acuerdo para determinar algunos factores al respecto como el horario laboral, que podría ser más flexible con el fin de garantizarle un mayor confinamiento.

¿Pueden venir a nuestra comunidad los trabajadores habituales?

Pueden venir pero siempre tienen que mantener las distancias y las medidas de protección necesarias que ha estipulado el Gobierno.

¿Qué pasa si alguien de mi edificio tiene COVID-19?

Dada esta situación, hace falta una limpieza y desinfección de todas las zonas que ha estado en contacto con el enfermo. Los residuos que se deriven deben tirarse en una bolsa sellada herméticamente.

El COAFBL (Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida) publicó un conjunto de consejos y normas para garantizar el correcto funcionamiento de los edificios comunitarios mientras dure el estado de alarma provocado por el COVID-19. Podéis consultar los consejos aquí

Gestión de alquileres

¿Hay alguna ayuda para el pago del alquiler?

El Consejo de Ministros ha aprobado diversas medidas para ayudar a los arrendatarios afectados económicamente por la crisis del COVID-19. Estas se basa, entre otras, en la moratoria o bien reducción del 50% en el pago del alquiler por parte de los arrendatarios de grandes tenedores que sean titulares de más de diez inmuebles urbanos (excluyendo aparcamientos y trasteros), la concesión de microcréditos por parte del Estado a todos aquellos arrendatarios que no hayan conseguido un aplazamiento en el pago del alquiler por parte de los arrendadores que no sean grandes tenedores, una prorroga extraordinaria de los contratos de alquiler y la suspensión de los desahucios durante seis meses a las familias sin alternativa habitacional que se desarrollen dentro del contexto del COVID-19. Si quieres más información, en este post del blog, ¡te contamos todos los detalles!

¿Qué pasa si tengo que devolver las llaves del inmueble que estoy alquilando?

De momento, el retorno de llaves de los arrendatarios queda aplazado hasta nuevo aviso.

Tengo trámites pendientes. ¿Cómo puedo saber su resolución?

Todos los trámites administrativos y penales están paralizados. Delante de cualquier duda al respecto, podéis consultarlo con nuestros gestores de alquileres.

¿Puedo solicitar la visita de un inmueble?

En Serra continuamos a tu servicio y, a pesar de que las visitas a pisos no entran dentro de las excepciones previstas en el Real Decreto sobre el límite de circulación de las personas durante el estado de alarma, si has encontrado algún inmueble en nuestra web que te interese, rellena el formulario de visita y uno de nuestros asesores profesionales contactará contigo, te informará y, además, te ayudará a encontrar el hogar o local que buscas. En Serra, ¡seguimos a pleno rendimiento!

¿Los bancos siguen concediendo hipotecas?

Sí. Los bancos están activos aprobando hipotecas y dando préstamos.

¿Qué ocurre con los notarios?

Se mantienen abiertos y firman compra-ventas de primera necesidad (no segundas residencias, aparcamientos, trasteros, locales…)

Y particularmente: ¿Qué pasa con mi hipoteca?

Si cumples los requisitos de vulnerabilidad estipulados por el Gobierno podrás pedir el aplazamiento. En este enlace te explicamos qué requisitos tienes que cumplir para poder beneficiarte de esta ayuda.

Para consultar el Real Decreto, haz clic aquí.