Una nota de encargo inmobiliaria es el documento que firmas con la agencia para autorizarla a ofertar y anunciar tu vivienda, y en Cataluña la ley obliga a firmarla antes de empezar. Si vas a vender o alquilar en el Garraf y el Penedès, conocerla te evita sorpresas. Puedes comprobar qué recoge, qué te protege y qué tienes que revisar antes de firmar.
En este artículo
- ¿Qué es una nota de encargo inmobiliaria?
- ¿Es obligatoria la nota de encargo en el Garraf y el Penedès?
- ¿Qué datos debe incluir la nota de encargo?
- ¿Qué tipos de nota de encargo existen?
- ¿Cuánto dura una nota de encargo?
- ¿Cuándo no te basta la nota de encargo?
- ¿Por qué contar con Serra para tu nota de encargo?
- Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es una nota de encargo inmobiliaria?
Es el documento en el que tú, como propietario, encargas a una agencia que gestione la venta o el alquiler de tu vivienda. En la práctica, a la nota de encargo también se la llama hoja de encargo: es el mismo documento con otro nombre. La ley catalana la llama nota de encargo.
Sirve para tres cosas:
- Formalizar lo acordado entre propietario y agencia.
- Dejar claro qué puede hacer la agencia con tu vivienda y qué no.
- Tener por escrito las condiciones, por si más adelante hay dudas.
Consejo práctico: léela entera y con calma. Una buena agencia te explicará cada apartado antes de que firmes.
2. ¿Es obligatoria la nota de encargo en el Garraf y el Penedès?
Sí: según el artículo 55 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda (Cataluña), el agente inmobiliario debe firmar la nota de encargo con el propietario antes de iniciar la oferta de un inmueble.
Según esa misma ley, sin nota de encargo firmada la agencia no puede:
- hacer oferta ni publicidad de tu vivienda;
- cobrar cantidades;
- formalizar precontratos o contratos con terceros.
La ley también obliga a la agencia a verificar, antes de firmar documentos con terceros, los datos que le facilitas y la titularidad, cargas y gravámenes registrales del inmueble.
3. ¿Qué datos debe incluir la nota de encargo?
Según el artículo 55.6 de la Ley 18/2007, la nota debe recoger necesariamente estos datos:
| Dato | Qué significa para ti |
|---|---|
| Identidad del agente y número de inscripción en el registro de agentes inmobiliarios | Sabes con quién firmas y que está registrado |
| Identidad de los propietarios (y representante, si lo hay) | Quién encarga la operación |
| Plazo de duración del encargo | Hasta cuándo tiene autorización la agencia |
| Descripción de la operación encomendada | Si es venta o alquiler |
| Identificación de la finca: datos registrales, cargas, gravámenes y afectaciones | Qué inmueble es y cómo está jurídicamente |
| Régimen de protección de la vivienda, en su caso | Si es vivienda protegida |
| Precio de la oferta | A qué precio se anuncia |
| Aspectos jurídicos relevantes del inmueble | Lo que tú debes declarar bajo tu responsabilidad, como procedimientos judiciales pendientes |
| Retribución del agente y forma de pago | Cómo se paga el servicio. La ley indica que consiste en un porcentaje del precio o un importe fijo, y que no se cobra a las dos partes por la misma operación salvo acuerdo expreso |
| Derechos y obligaciones de las partes, con las facultades concedidas al agente | Qué puede y qué no puede hacer la agencia |
Consejo práctico: el precio de la oferta es uno de los datos que quedan por escrito. Antes de firmar, ver cuál es el valor orientativo de tu vivienda te ayuda a fijarlo con criterio.
4. ¿Qué tipos de nota de encargo existen?
Lo más habitual es distinguir según la operación y según si trabajas con una sola agencia o con varias. Esta clasificación es la que se usa en el sector, no una categoría fijada por el artículo 55.
| Tipo | Qué implica |
|---|---|
| Venta en exclusiva | Una sola agencia gestiona la venta. Suele significar más dedicación y un único interlocutor |
| Venta sin exclusiva | Varias agencias pueden comercializar el inmueble. Tú coordinas más y debes evitar duplicidades |
| Alquiler | La agencia gestiona la búsqueda de inquilino y la formalización del contrato |
Si dudas entre exclusiva o no, hablar con una de nuestras oficinas sobre cómo vender tu piso te permite comparar opciones según tu caso.
5. ¿Cuánto dura una nota de encargo?
Lo que fija la ley es que el plazo conste por escrito. El artículo 55.6 exige incluir «el plazo de duración del encargo» y, en ese artículo, no se establece una duración máxima. Por eso tienes que revisar bien el plazo que figura en tu documento.
Fíjate en que sea realista. Si quieres saber qué influye en el tiempo de una venta, tienes cuánto se tarda en vender un piso.
Consejo práctico: si tu plazo es más largo o más corto que el que esperabas, pregunta el porqué antes de firmar.
6. ¿Cuándo no te basta la nota de encargo?
La nota de encargo autoriza a la agencia, pero no sustituye a otros documentos de la operación.
- No es un contrato de compraventa ni de arras. Cuando aparece un comprador, hará falta otro documento. Si vendes, aquí tienes qué tipo de contrato de arras te conviene.
- No garantiza la venta ni el alquiler. Es la base de la gestión, no el resultado.
- No sustituye el asesoramiento jurídico si tu vivienda tiene cargas, copropietarios o procedimientos pendientes.
7. ¿Por qué contar con Serra para tu nota de encargo?
Porque conocemos el Garraf y el Penedès como nadie y te acompañamos en cada paso. Serra Grup Immobiliari nació en 1965 y hoy somos más de 50 profesionales en 5 oficinas: Vilanova i la Geltrú (Rambla y Central), Sitges, Vilafranca del Penedès y Sant Pere de Ribes. Trabajamos también en Cubelles y Cunit. Nuestros clientes nos valoran con un 4,3 sobre 5 en 867 reseñas verificadas de Google.
Desde 2025 formamos parte de Grupo Housfy, así que sumamos nuestro conocimiento local a la tecnología y al acceso a más de 650.000 potenciales compradores. Te explicamos cada apartado de la nota de encargo con claridad y sin prisas.
Si quieres revisarla con nosotros, escríbenos o pásate por tu oficina de Serra más cercana.
8. Preguntas frecuentes
¿La nota de encargo es lo mismo que la hoja de encargo?
En la práctica se usan ambos nombres para el mismo documento. La Ley 18/2007 lo denomina nota de encargo.
¿Puedo firmar la nota de encargo con varias agencias?
Depende del tipo de encargo: con exclusiva trabajas con una sola agencia y sin exclusiva pueden intervenir varias. Revisa qué has firmado antes de encargar tu vivienda a otra.
¿Qué debo revisar antes de firmar la nota de encargo?
Que figuren todos los datos que exige la ley, en especial el plazo, el precio de la oferta, la retribución y las facultades de la agencia.
¿La nota de encargo sirve también para alquilar mi vivienda?
Sí. Se firma para la operación que encargas, sea venta o alquiler, y debe indicar qué operación se encomienda.
¿Dónde puedo conseguir un modelo de nota de encargo?
Es la propia agencia quien te lo facilita. Lo importante es que recoja los datos de la tabla del apartado 3. En Serra te lo explicamos apartado por apartado antes de firmar.