Si te han nombrado presidente de tu comunidad en el Garraf y el Penedès, tus funciones principales son representar legalmente a la comunidad, convocar la junta de propietarios, firmar el acta junto al secretario y velar por el buen funcionamiento del edificio. Además, salvo que los estatutos o la junta dispongan otra cosa, también ejerces las funciones de secretario y de administrador. Es un cargo con más responsabilidad de la que parece, pero se puede llevar con tranquilidad si sabes qué te toca hacer en cada momento.
En este artículo
- ¿Cuáles son las funciones del presidente de una comunidad de vecinos?
- ¿Cuándo y cómo convoca el presidente la junta de propietarios?
- ¿El presidente también es secretario y administrador?
- ¿Qué obligaciones tiene el presidente en el día a día?
- ¿Es obligatorio aceptar el cargo de presidente y cuánto dura?
- ¿Cuándo no te basta con asumir tú todas las funciones?
- ¿Por qué contar con Serra para tu comunidad en el Garraf y el Penedès?
- Preguntas frecuentes
1. ¿Cuáles son las funciones del presidente de una comunidad de vecinos?
El presidente es el representante legal de la comunidad, en juicio y fuera de él, y quien coordina el día a día del edificio. Según el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, ostenta esa representación, y en la práctica se concreta así:
| Función | Qué implica en la práctica |
|---|---|
| Representar a la comunidad | Actuar en nombre de los propietarios ante proveedores, administraciones y, si hay un litigio, en juicio. |
| Firmar contratos | Formalizar los contratos aprobados por la junta: limpieza, jardinería, mantenimiento del ascensor, instalaciones… |
| Convocar las juntas | Convocar la junta ordinaria y las extraordinarias que hagan falta. |
| Firmar el acta | Cerrar el acta con las firmas del presidente y del secretario. |
| Cuidar el edificio | Vigilar las instalaciones y coordinar las incidencias comunes. |
Si quieres entender mejor en qué consiste el cargo, tienes más contexto en la guía de housfy.com qué es ser presidente de la comunidad.
2. ¿Cuándo y cómo convoca el presidente la junta de propietarios?
La junta ordinaria se convoca como mínimo una vez al año; las extraordinarias, cuando el presidente lo considere conveniente o lo pida una cuarta parte de los propietarios o quienes representen al menos el 25 % de las cuotas de participación, según el artículo 16 de la ley. En la convocatoria conviene indicar siempre el orden del día, el lugar, el día y la hora.
Después de la reunión, el acta debe cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar o dentro de los diez días naturales siguientes (artículo 19).
Consejo práctico: prepara el orden del día con los vecinos antes de convocar. Una junta con los temas claros dura menos y genera menos discusiones.
3. ¿El presidente también es secretario y administrador?
Sí, por defecto: el artículo 13 establece que el presidente ejerce también las funciones de secretario y de administrador, salvo que los estatutos o la junta, por acuerdo mayoritario, dispongan separar esos cargos.
| Cargo | Quién lo ejerce por defecto | Cuándo se separa |
|---|---|---|
| Presidente | Un propietario elegido por la comunidad | — |
| Secretario | El presidente | Si los estatutos o la junta lo acuerdan |
| Administrador | El presidente | Si los estatutos o la junta lo acuerdan (por ejemplo, contratando a un profesional) |
Asumir los tres papeles supone llevar la contabilidad, custodiar la documentación y gestionar los cobros. Por eso muchas comunidades deciden contar con un administrador de fincas que asuma las funciones de secretario y administrador y que el presidente se centre en representar a los vecinos.
4. ¿Qué obligaciones tiene el presidente en el día a día?
Velar por la convivencia y por el buen estado de los elementos comunes. Entre las tareas habituales:
- Coordinar incidencias: averías, filtraciones, el ascensor o la puerta del garaje.
- Cuidar la convivencia: actuar ante ruidos, malos usos de las zonas comunes o fumar donde no se debe.
- Mantener la comunicación: avisar a los vecinos de acuerdos, obras o cortes de servicio.
- Ejecutar lo que decide la junta: el presidente aplica los acuerdos, no los decide por su cuenta.
Consejo práctico: guarda por escrito (correo o grupo de la comunidad) las incidencias y las decisiones. Si algún día hay una reclamación, te será muy útil.
5. ¿Es obligatorio aceptar el cargo de presidente y cuánto dura?
Sí, el nombramiento es obligatorio, pero puedes pedir el relevo al juez dentro del mes siguiente a tu nombramiento, explicando tus razones. Salvo que los estatutos digan otra cosa, el cargo dura un año. El presidente se nombra entre los propietarios, y la junta puede removerlo por acuerdo.
Si dudas de si puedes rechazar el cargo, puedes consultar la guía de housfy.com sobre si se puede rechazar ser presidente de una comunidad de propietarios.
6. ¿Cuándo no te basta con asumir tú todas las funciones?
Cuando el tiempo, los conocimientos o la complejidad de la comunidad superan lo que puede asumir un vecino voluntario. Algunas señales:
- La comunidad es grande o tiene muchos servicios (piscina, garaje, ascensores, zonas ajardinadas).
- Hay propietarios que no viven en el edificio todo el año. Puede ocurrir, por ejemplo, en zonas costeras como Sitges, Cubelles o Cunit.
- Hay impagos, derramas u obras importantes que gestionar.
- Los vecinos discrepan y necesitas apoyo técnico y jurídico.
En esos casos conviene delegar la parte administrativa. Si no sabes por dónde empezar, consulta con el equipo de Serra qué parte de la gestión de tu comunidad podría asumir un administrador, sin compromiso.
7. ¿Por qué contar con Serra para tu comunidad en el Garraf y el Penedès?
Porque combinamos más de 60 años de experiencia local con la tecnología y los servicios de Grupo Housfy. Serra se fundó en 1965, hoy somos más de 50 profesionales, gestionamos más de 1.000 comunidades y tenemos 5 oficinas en el Garraf y el Penedès. Nuestra valoración en Google es de 4,3 con 867 reseñas verificadas.
Conocemos cada municipio, sus particularidades y a los proveedores de la zona, y te acompañamos en todo el proceso para que ser presidente no te quite tiempo ni tranquilidad. Pide información sin compromiso sobre la administración de tu comunidad y te explicamos cómo trabajamos.
8. Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las funciones principales del presidente de una comunidad de vecinos?
Representar legalmente a la comunidad, convocar las juntas, firmar el acta junto al secretario y velar por el buen funcionamiento del edificio.
¿Puede el presidente ser también secretario y administrador?
Sí. Es lo habitual por defecto, salvo que los estatutos o la junta, por acuerdo mayoritario, separen esos cargos.
¿Cuáles son las obligaciones del presidente de la comunidad?
Convocar las juntas, ejecutar los acuerdos, coordinar las incidencias y cuidar la convivencia y los elementos comunes.
¿Se puede rechazar el cargo de presidente de una comunidad de propietarios?
El nombramiento es obligatorio, pero puedes pedir el relevo al juez dentro del mes siguiente a tu nombramiento.
¿Cuándo conviene contratar un administrador de fincas?
Cuando la gestión ocupa demasiado tiempo, la comunidad es grande o hay impagos, obras o conflictos que requieren apoyo profesional.